miércoles, 3 de diciembre de 2025

 


Convergencia Público-Privada en la gestión de riesgos

¿Las Asociaciones Público-Privadas (APP) son una figura jurídica para propiciar o fomentar el desarrollo de servicios públicos?

Planteamiento Metodológico de la Investigación

Entrega Final

Doctorado en Gestión Integral de Riesgos

Jose Rafael Moya Saavedra

2025

Índice

  1. Introducción
  2. Desarrollo argumentativo
    2.1 Marco conceptual y jurídico de las APP
    2.2 APP como herramienta para fortalecer la gestión de riesgos
    2.3 Riesgos, límites y contradicciones del modelo APP
    2.4 Experiencias internacionales y lecciones para México
  3. Discusión
  4. Conclusiones
  5. Referencias

1. Introducción

La Primera Entrega del proyecto doctoral estableció el problema central: en México, la gestión integral de riesgos (GIR) opera en un contexto de vulnerabilidad estructural, fragmentación normativa y capacidades institucionales desiguales. Frente a estas limitaciones, surge la pregunta de si las Asociaciones Público-Privadas (APP), figura jurídica ya consolidada en sectores de infraestructura, movilidad y energía, pueden contribuir al fortalecimiento de la GIR sin comprometer la rectoría del Estado ni generar procesos de privatización funcional.

Este ensayo desarrolla el sustento teórico, jurídico y comparado que complementa el planteamiento metodológico. Su propósito es responder, con argumentos cuidadosamente estructurados, si las APP son una vía viable para robustecer la prevención, mitigación, preparación y respuesta en materia de riesgos, especialmente en infraestructura crítica, continuidad operativa y resiliencia territorial.

La tesis que se sostiene es la siguiente: Las APP pueden fortalecer la gestión integral de riesgos en México solo cuando operan bajo marcos institucionales sólidos, mecanismos estrictos de supervisión estatal, distribución técnica de riesgos y participación social efectiva. Sin estas condiciones, se convierten en mecanismos de privatización funcional, vulnerabilidad institucional y debilitamiento de la rectoría pública.

2. Desarrollo argumentativo

2.1 Marco conceptual y jurídico de las APP

Las APP surgen como “un instrumento jurídico de colaboración de largo plazo en el cual el sector privado financia, diseña, construye, opera o mantiene infraestructura pública, mientras el Estado preserva la rectoría” (Álvarez Patiño). La esencia de la APP no es la propiedad de los activos, sino la corresponsabilidad y la distribución de riesgos.

Desde la perspectiva del derecho administrativo, las APP se distinguen de las concesiones por tres elementos clave:

  1. Riesgos distribuidos según capacidad de gestión.
  2. Pagos condicionados al desempeño, no al mero avance físico.
  3. Evaluación continua y multilivel, con estándares replicables.

La Ley de APP en México (2012) refuerza este modelo al exigir estudios de rentabilidad social, análisis de riesgos, mecanismos de transparencia contractual y supervisión técnica.

Sin embargo, el marco jurídico por sí solo no garantiza resultados. La eficacia de una APP depende de la capacidad institucional del Estado para regular, supervisar, verificar desempeño y sancionar incumplimientos.

2.2 APP como herramienta para fortalecer la gestión de riesgos

El vínculo entre APP y GIR, todavía incipiente en México, se vuelve relevante en tres dimensiones:

a) Infraestructura crítica para reducción de riesgos

Carreteras, hospitales, redes eléctricas, sistemas hidráulicos, plantas de tratamiento, infraestructura escolar y centros logísticos constituyen pilares de la reducción del riesgo de desastres. Su vulnerabilidad detona o amplifica crisis.

Las APP pueden aportar:

  • mantenimiento especializado preventivo,
  • sistemas de monitoreo inteligente,
  • financiamiento estable para infraestructura resiliente,
  • modelos de continuidad operativa.

Una APP bien diseñada incorpora cláusulas de resiliencia, seguros, estándares sísmicos, protocolos de riesgo operativo y auditorías técnicas.

b) Gestión del riesgo en servicios esenciales

Hospitales, plantas de energía, centros de control carretero y sistemas de agua pueden operar bajo esquemas de APP. Esto implica integrar:

  • planes de emergencia,
  • redundancia operativa,
  • continuidad de servicios en crisis,
  • certificaciones técnicas externas,
  • inversión privada para mitigación.

c) Resiliencia urbana y gobernanza multinivel

 Autores como Sandí Meza muestran que las APP son decisivas en ciudades inteligentes. Sensores, plataformas de monitoreo, movilidad integrada y sistemas predictivos pueden apoyar a la GIR al reducir exposición y acelerar respuesta.

2.3 Riesgos, límites y contradicciones del modelo APP

Pese a su potencial, las APP presentan riesgos que pueden debilitar la gestión de riesgos en lugar de fortalecerla.

a) Privatización funcional

Jované sostiene que la operación, mantenimiento y explotación económica por parte del privado constituye una forma de privatización económica de largo plazo, aunque los activos sigan siendo públicos.

Esto puede generar dependencia estructural, captura corporativa y pérdida progresiva de capacidad estatal.

b) Debilidad institucional y fallas en la distribución de riesgos

Chacón advierte que los riesgos políticos, jurídicos y sociales son los más determinantes en el fracaso de las APP. Si el Estado no cuenta con capacidades técnicas, termina asumiendo riesgos que debió transferir.

c) Exclusión ciudadana y pérdida de legitimidad

Los estudios de Fuster sobre la reconstrucción post-desastre en Constitución, Chile, revelan que la participación privada sin control social puede reconstruir ciudades funcionales, pero no justas: infraestructura sin habitantes, decisiones sin comunidad, proyectos sin legitimidad.

d) Riesgos educativos y de captura cognitiva

Peroni y Oliveira demuestran que en el ámbito educativo las APP pueden influir contenidos, estandarizar prácticas escolares y desplazar autonomía social, generando un riesgo de “privatización intelectual”.

2.4 Experiencias internacionales y lecciones aplicables a México

Chile

Modelo sólido basado en transparencia, agencias especializadas, licitaciones competitivas y sanciones efectivas. Sin embargo, la reconstrucción post-desastre evidenció los riesgos de excesiva influencia empresarial.

Lección: el Estado debe garantizar participación social y proteger decisiones de largo plazo.

Colombia

La Agencia Nacional de Infraestructura ha profesionalizado la gestión, logrando proyectos carreteros, hospitalarios y aeroportuarios exitosos.

Lección: la capacidad técnica pública es el principal predictor de éxito.

España

Experiencia mixta: desde autopistas rescatadas por mala evaluación de riesgo hasta hospitales y ciudades inteligentes bien gestionadas.

Lección: los estudios de riesgo deben ser independientes y rigurosos.

México

Resultados diversos en hospitales, carreteras y energía. Los proyectos exitosos coinciden con supervisión técnica robusta; los fracasos, con debilidad institucional, opacidad y mala asignación de riesgos.

Lección: fortalecer el Estado es condición previa a cualquier APP relevante para la GIR.

2.5 Las APP en la Gestión Integral de Riesgos en México: oportunidades y tensiones específicas del contexto nacional

La posibilidad de utilizar Asociaciones Público-Privadas como mecanismo para fortalecer la Gestión Integral de Riesgos (GIR) en México exige un análisis detallado del contexto normativo, institucional y operativo del país. La combinación de alta exposición a amenazas —sísmicas, hidrometeorológicas, químico-tecnológicas y socio-organizativas— con capacidades institucionales desiguales genera un entorno donde las APP pueden ser tanto una oportunidad estratégica como un riesgo significativo.

a) Oportunidades para la GIR en México

En México, sectores estratégicos para la reducción de riesgos —carreteras, hospitales, sistemas hidráulicos, energía, escuelas y transporte— presentan rezagos estructurales comprobados. Las APP pueden contribuir a cerrar estas brechas mediante:

  • inversión sostenida de largo plazo, que permite modernizar infraestructura crítica;
  • mantenimiento preventivo, que históricamente ha sido el punto débil del aparato gubernamental;
  • tecnologías de monitoreo, sensores, alarmas y redundancias operativas;
  • modelos contractuales de continuidad operativa, exigibles técnica y jurídicamente;
  • estándares internacionales, incorporados mediante supervisión técnica privada y auditorías externas.

En un país donde la infraestructura pública presenta deterioro por falta de presupuesto o mantenimiento, las APP pueden introducir disciplina técnica y financiera indispensable para evitar que los riesgos latentes se conviertan en desastres.

b) Tensiones institucionales y riesgos específicos

Sin embargo, el uso de APP en la GIR también enfrenta tensiones relevantes:

  1. Fragmentación normativa en materia de riesgo.
    La Ley General de Protección Civil, los Programas Especiales de Protección Civil, la Ley de APP y las normativas estatales no siempre están articuladas. Esta fragmentación dificulta exigir cláusulas de resiliencia con carácter obligatorio.
  2. Capacidad desigual entre entidades federativas.
    Mientras algunos gobiernos estatales cuentan con unidades técnicas capaces de supervisar APP, otros carecen de personal, herramientas o continuidad administrativa. Esto aumenta el riesgo de contratos mal diseñados o supervisados.
  3. Riesgo de captura corporativa y privatización funcional.
    En sectores sensibles como agua, residuos, hospitales o energía, la falta de controles puede trasladar la gestión operativa —e incluso la toma de decisiones críticas— a actores privados sin suficiente contrapeso.
  4. Falta de cultura de evaluación de riesgos en proyectos públicos.
    Muchos proyectos de infraestructura no incorporan análisis de riesgo prospectivo ni correctivo, por lo que las APP podrían reproducir modelos vulnerables si el Estado no exige estándares más altos.
  5. Debilidad en la supervisión y rendición de cuentas.
    Auditorías incompletas, cambios sexenales, opacidad contractual y falta de sanciones efectivas han debilitado históricamente la rectoría estatal.

c) Condiciones mínimas para que las APP aporten a la GIR en México

Para que las APP se conviertan en instrumentos efectivos para fortalecer la GIR, deben cumplir al menos con:

  • Integración obligatoria de análisis de riesgo (amenazas múltiples, escenarios, vulnerabilidad de infraestructura).
  • Cláusulas de resiliencia y continuidad operativa, verificables mediante auditorías externas.
  • Mecanismos de participación comunitaria, especialmente en proyectos de alto impacto territorial.
  • Transparencia contractual, accesible al público y con vigilancia ciudadana.
  • Supervisión técnica independiente, no subordinada al operador privado ni a intereses políticos.
  • Profesionalización de funcionarios públicos, particularmente en análisis de riesgos, estructuración de contratos y modelos de supervisión.

En conjunto, estas condiciones permitirían que las APP no solo aporten infraestructura, sino que contribuyan directamente a la reducción de riesgos y fortalecimiento institucional.

3. Discusión

El eje central es el siguiente: las APP funcionan mejor en Estados fuertes, pero suelen implementarse precisamente en contextos donde el Estado es débil.

Esta paradoja afecta directamente la gestión de riesgos en México, un ámbito donde la debilidad institucional puede traducirse en pérdida de vidas, interrupción de servicios esenciales y colapso de infraestructura crítica.

La discusión revela tres tensiones principales:

  1. Eficiencia privada vs. rectoría pública
    La GIR requiere decisiones orientadas al interés colectivo, no al rendimiento del capital.
  2. Transferencia de riesgos vs. concentración de beneficios
    Sin estudios técnicos, los riesgos permanecen en el Estado mientras los beneficios se trasladan al privado.
  3. Innovación tecnológica vs. legitimidad democrática
    Las soluciones inteligentes deben ir acompañadas de participación social y transparencia.

En suma, la pregunta no es si las APP funcionan, sino cuándo, cómo y bajo qué instituciones pueden fortalecer la GIR.

4. Conclusiones

  1. Las APP sí pueden fortalecer la gestión integral de riesgos en México, siempre que se implementen bajo marcos robustos de control, supervisión y rendición de cuentas.
  2. No son intrínsecamente privatizadoras, pero pueden convertirse en privatización funcional si el Estado carece de capacidad técnica y regulatoria.
  3. La integración de cláusulas de resiliencia, continuidad operativa y mitigación del riesgo es indispensable para su pertinencia en GIR.
  4. La participación social es un componente imprescindible para evitar decisiones que beneficien al privado y perjudiquen a comunidades.
  5. México debe fortalecer sus agencias especializadas, capacidades técnicas y mecanismos de supervisión antes de expandir el uso de APP en sectores vinculados a la GIR.

En síntesis, las APP pueden ser aliadas de la gestión de riesgos, pero solo si el Estado ejerce una rectoría fuerte, técnica y orientada al bien común.

5. Referencias

Álvarez Patiño, L. A. (2012). Las Asociaciones Público-Privadas: innovación y corresponsabilidad en la gestión pública.
Chacón Vega, R. J. (2018). Clasificación y distribución de riesgos en proyectos de infraestructura desarrollados por medio de APP en Costa Rica.
Fuster-Farfán, X., Vergara, A., & Imilán, W. (2020). Vivienda sin ciudad, ciudad sin planificación, planificación sin habitantes: APP para la reconstrucción territorial post-desastre.
Jované, J. (2021). Las Asociaciones Público-Privadas: la nueva cara de la privatización.
Peroni, V., & Oliveira, D. (2019). O marco regulatório e as parcerias público-privadas no contexto educacional.
Robalino Orellana, J. (2010). Las asociaciones público-privadas: una opción para la contratación administrativa en Latinoamérica.
Sandí Meza, V. (2017). Las Alianzas Público-Privadas como elemento de gestión de las ciudades inteligentes.

 

 

martes, 2 de diciembre de 2025

 

 

Convergencia Público-Privada en la gestión de riesgos

¿Las Asociaciones Público-Privadas (APP) son una figura jurídica para propiciar o fomentar el desarrollo de servicios públicos?

Planteamiento Metodológico de la Investigación

Primera Entrega

Doctorado en Gestión Integral de Riesgos
Jose Rafael Moya Saavedra
2025

Índice

  1. Introducción y Planteamiento del Problema
  2. Pregunta de Investigación
  3. Justificación
    3.1 Justificación académica
    3.2 Justificación social y de política pública
    3.3 Justificación práctica
  4. Objetivos de la Investigación
    4.1 Objetivo general
    4.2 Objetivos específicos
  5. Hipótesis
  6. Metodología
    6.1 Enfoque
    6.2 Tipo de estudio
    6.3 Fuentes de información
    6.4 Procedimiento analítico
  7. Cierre
  8. Referencias

 

1. Introducción y planteamiento del problema

La Gestión Integral del Riesgo (GIR) en México enfrenta limitaciones estructurales que dificultan su capacidad para anticipar, prevenir, mitigar y responder de manera eficaz a las emergencias y desastres. Estas debilidades se manifiestan en un contexto marcado por una creciente vulnerabilidad urbana, la insuficiencia de infraestructura crítica, la fragmentación normativa y una capacidad institucional desigual entre niveles de gobierno.

En paralelo, las Asociaciones Público-Privadas (APP) se han consolidado como un instrumento jurídico y administrativo relevante en sectores como infraestructura, movilidad, energía, salud y educación. Sin embargo, su vinculación directa con la GIR, la continuidad operativa y la resiliencia territorial permanece escasamente explorada, tanto en el ámbito académico como en la práctica gubernamental.

Persisten preguntas fundamentales:

  • ¿Las APP pueden fortalecer la capacidad estatal para gestionar riesgos y proteger bienes estratégicos?
  • ¿O abren la puerta a procesos de privatización funcional y pérdida de rectoría pública, especialmente en áreas sensibles como la seguridad, la infraestructura crítica o la protección civil?

La madurez institucional —necesaria para diseñar, adjudicar, supervisar y evaluar contratos de largo plazo— suele ser limitada en los ámbitos sectoriales y locales. Esta situación incrementa riesgos como la captura corporativa, la sobrerregulación, la asignación inadecuada de responsabilidades o la exclusión de comunidades afectadas.

Por ello, se vuelve indispensable analizar rigurosamente si las APP pueden constituir un mecanismo legítimo y eficaz para fortalecer la GIR en México, así como las condiciones normativas, técnicas e institucionales que permitirían garantizar su pertinencia, viabilidad operativa y legitimidad social.

2. Pregunta de investigación

¿En qué medida las Asociaciones Público-Privadas constituyen una figura jurídica capaz de fortalecer la gestión integral de riesgos en México y en qué condiciones pueden evitar convertirse en mecanismos de privatización funcional o pérdida de rectoría estatal?

3. Justificación

3.1 Justificación académica

La literatura sobre APP es amplia en sectores tradicionales de infraestructura, pero existe un vacío notable sobre su aplicación en contextos de riesgo, continuidad operativa, reconstrucción y resiliencia. Este estudio contribuirá a:

  • ampliar el marco teórico sobre gobernanza del riesgo;
  • integrar el análisis jurídico con enfoques administrativos y comparados;
  • aportar evidencia empírica y conceptual a un campo emergente.

3.2 Justificación social y de política pública

México enfrenta amenazas intensificadas por el cambio climático, urbanización no planificada, deterioro ambiental, sismos, incendios y fallas en infraestructura estratégica. Evaluar la pertinencia de las APP en este ámbito puede aportar:

  • lineamientos para políticas públicas más eficientes;
  • mecanismos de corresponsabilidad verificable;
  • modelos de cooperación público-privada orientados al interés común y la seguridad humana.

3.3 Justificación práctica

En instituciones públicas, educativas y privadas, la GIR requiere financiamiento sostenido, mantenimiento especializado, plataformas tecnológicas y procesos de continuidad operativa que el Estado no siempre provee por sí solo. Un análisis profundo permitirá:

  • definir criterios para la participación privada sin pérdida de rectoría pública;
  • orientar decisiones institucionales basadas en evidencia;
  • generar modelos replicables en universidades, gobiernos y empresas.

4. Objetivos

4.1 Objetivo general

Analizar si las Asociaciones Público-Privadas representan una figura jurídica capaz de fortalecer la gestión integral de riesgos en México, identificando sus condiciones de viabilidad, limitaciones y requisitos institucionales para su implementación eficaz.

4.2 Objetivos específicos

  1. Examinar el marco jurídico y conceptual de las APP aplicadas a la GIR en México y América Latina.
  2. Identificar las ventajas, limitaciones y riesgos reportados en la literatura especializada.
  3. Comparar experiencias nacionales e internacionales relacionadas con infraestructura crítica, resiliencia y reconstrucción post-desastre.
  4. Establecer criterios y condiciones institucionales que permitan implementar APP sin comprometer la rectoría estatal.
  5. Proponer un modelo preliminar para evaluar la pertinencia de las APP en proyectos vinculados con la gestión de riesgos.

5. Hipótesis

Las Asociaciones Público-Privadas pueden fortalecer la gestión integral del riesgo en México solo cuando operan bajo un marco institucional robusto, con adecuada distribución de riesgos, mecanismos de supervisión estatal transparentes y participación social efectiva. En ausencia de estas condiciones, tienden a transformarse en instrumentos de privatización funcional y debilitamiento de la capacidad pública.

 6. Metodología

6.1 Enfoque

Se empleará un enfoque cualitativo, adecuado para analizar estructuras normativas, modelos de gobernanza, significados institucionales y experiencias comparadas. El estudio integrará análisis documental, jurídico, administrativo y de casos.

6.2 Tipo de estudio

  • Exploratorio, dada la escasa producción académica sobre APP aplicadas directamente a la GIR.
  • Descriptivo-analítico, para caracterizar elementos jurídicos, operativos y de gobernanza.
  • Comparado, considerando experiencias de Chile, Colombia, España y México.

6.3 Fuentes de información

  • Legislación mexicana y latinoamericana sobre APP y gestión del riesgo.
  • Reglamentos, lineamientos y políticas públicas relacionadas con protección civil y resiliencia.
  • Informes de organismos internacionales (BID, Banco Mundial, OCDE).
  • Bibliografía especializada (Álvarez Patiño, Robalino, Jované, Peroni, Fuster, Sandí Meza, entre otros).
  • Estudios de caso vinculados a infraestructura crítica, reconstrucción y continuidad operativa.

6.4 Procedimiento analítico

  1. Revisión sistemática de literatura jurídica, administrativa y de política pública.
  2. Identificación de categorías analíticas: rectoría estatal, transferencia de riesgos, gobernanza, supervisión, continuidad operativa y participación social.
  3. Análisis comparado de casos relevantes en infraestructura y resiliencia.
  4. Identificación de condiciones institucionales necesarias para una implementación adecuada.
  5. Construcción de lineamientos preliminares para evaluar la pertinencia de APP en proyectos de GIR.

7. Cierre

Este planteamiento metodológico constituye el andamiaje conceptual y operativo que guiará el desarrollo de la investigación doctoral. La rigurosidad en la delimitación del problema, el enfoque comparado y la perspectiva jurídica permitirán establecer con claridad si las APP pueden convertirse en un instrumento legítimo y eficaz para fortalecer la gestión integral del riesgo en México, sin menoscabo de la rectoría estatal ni del interés público.

Referencias

Álvarez Patiño, L. A. (2012). Las Asociaciones Público-Privadas: innovación y corresponsabilidad en la gestión pública.
Chacón Vega, R. J. (2018). Clasificación y distribución de riesgos en proyectos de infraestructura desarrollados por medio de APP en Costa Rica.
Fuster-Farfán, X., Vergara, A., & Imilán, W. (2020). Vivienda sin ciudad, ciudad sin planificación, planificación sin habitantes: APP para la reconstrucción territorial post-desastre.
Jované, J. (2021). Las Asociaciones Público-Privadas: la nueva cara de la privatización.
Peroni, V., & Oliveira, D. (2019). O marco regulatório e as parcerias público-privadas no contexto educacional.
Robalino Orellana, J. (2010). Las asociaciones público-privadas: una opción para la contratación administrativa en Latinoamérica.
Sandí Meza, V. (2017). Las Alianzas Público-Privadas como elemento de gestión de las ciudades inteligentes.


  Doctorado en Gestión Integral de Riesgos Asignatura: Continuidad y Sostenibilidad Operacional en las Organizaciones Profesor: Dr. Jorge ...